
Smart City, ODS, Agenda Urbana y Next Generation: Esquema Jurídico
- diciembre 28, 2021
- cuchaguilera
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De un tiempo a esta parte hemos visto que el concepto “smart city” está de moda: congresos mundiales, retos de futuro, digitalización, big data… Más recientemente, oír hablar de Smart city es oír hablar de conceptos como Objetivos de desarrollo sostenible (ODS), agenda urbana o Cumbre de París. Sin embargo, no siempre somos conscientes de la relación que existe entre ellos, pues todos percibimos una ciudad como algo muy próximo y tangible, y en cambio, las cumbres internacionales de los líderes y gobernantes se perciben como algo muy lejano e inconcreto que nunca se cumple. Ahora, en cambio, ¿parece que con los fondos Next Generation todo ello va a ser posible?
En este artículo vamos a intentar aclarar un poco estos conceptos y como se interrelacionan entre sí.
1.- Introducción: desde las primeras ciudades a la ciudad de hoy.
Hay un cierto consenso en situar el inicio de las civilizaciones urbanas en el periodo de 3500-3000 años AC, aunque lógicamente, las ciudades de entonces nada tenían que ver con la ciudad actual: podría decirse que, aparte del hecho de acumular mucha gente en un espacio reducido o delimitado, la ciudad de hoy no tiene nada en común con la ciudad primigenia. La evolución de la misma, al margen de las causas que haya podido tener en cada momento y lugar del planeta, siempre ha ido asociada al progreso tecnológico: murallas, saneamiento, edificación en vertical, iluminación, uso del subsuelo… los grandes avances en el fenómeno urbano se han basado siempre el empleo de tecnologías innovadoras del momento.
Este uso de la tecnología ha permitido mejores condiciones de vida y, por tanto, ha sido motor de atracción de más y más población, dando lugar al crecimiento de las ciudades.
Este crecimiento de las ciudades ha sido exponencial a partir de la revolución industrial: gracias a ella, en los 300 últimos años las ciudades han crecido y mutado mucho más que en los 3000 años anteriores. Dicho crecimiento ha llevado a que, según el FMI, en 2008 la población urbana superó a la rural a nivel mundial.
Sin embargo, estas ciudades de hoy ofrecen caras muy distintas, pues al lado de ciudades con una elevada renta per cápita, servicios públicos de primer nivel, y una oferta cultural y lúdica envidiable, existen otras sin siquiera unas redes de agua potable o saneamiento adecuadas, con altos niveles de contaminación y sin acceso a los servicios educativos y sanitarios mínimamente deseables.
2.- Smart city
Los responsables políticos y el mundo académico dedicados a estas cuestiones ya observaron que este rápido crecimiento de las ciudades, que conllevaba congestiones de tráfico, polución y desigualdades sociales, era un factor de riesgos económicos, ambientales y sociales que podían eclipsar o incluso inhabilitar la propia capacidad de las ciudades para proveer a los ciudadanos de los servicios adecuados.
La respuesta a estos riesgos es lo que a partir de los años 90 del siglo XX se empezó a denominar “Smart city” o ciudad inteligente.
No existe una definición única, ni jurídica, ni estática, de Smart city: inicialmente se asoció a la ciudad gestionada por las nuevas tecnologías, posteriormente se añadió el elemento de la sostenibilidad ambiental, para posteriormente darse cuenta de que ninguna definición tenía sentido si no se incluían menciones a las personas o a la gobernanza, o bien que las ciudades no existen solas y aisladas, sino que se interrelacionan con su entorno, con otras ciudades y con infraestructuras de alcance supra urbano.
Por ello, en la actualidad, una Smart city podría ser definida como un área geográfica determinada donde elementos como las tecnologías de la información, la logística o la producción energética, entre otros, cooperan para crear beneficios a la ciudadanía en términos de bienestar, cohesión social, calidad ambiental, y todo ello bajo una gobernanza que vela por favorecer el progreso de la sociedad en todos los aspectos.
Más allá de una definición concreta (pueden haber otras muchas), en lo que sí existe bastante acuerdo es en el hecho de que una Smart city se articula en torno a cuatro ideas esenciales:
- Las cuestiones ambientales y las restricciones energéticas condicionan cualquier decisión y actividad humana.
- La comunicación fluida de los actores entre sí se hace cada vez más necesaria: colectividades, ciudadanos, empresas, instituciones.
- La búsqueda del bienestar de la población es el fin último que lo justifica todo.
- La integración de las nuevas tecnologías de la información y de la comunicación, la robótica y los sistemas inteligentes de transporte, son los elementos que deben permitir la gestión de todo ello de forma medible, eficaz y transparente.
Parece claro que la principal novedad en el concepto de Smart city no son ni la búsqueda del progreso social ni la aspiración de una mejor gestión de los recursos para lograrlo, sino que la principal novedad es el hecho de darse cuenta de que las tecnologías de la información serán las que van a permitir que ello sea más fácil de conseguir.
Sin embargo, hasta aquí se olvida un factor esencial, antes mencionado, y es que las ciudades no viven aisladas, sino que, desde el punto de vista de toma de decisiones, de satisfacción de necesidades o de abastecimiento de productos y servicios de todo tipo, debemos mirar a una escala superior: deberíamos, pues, hablar de smart region, smart country, o smart world, pues hoy en día todo está interconectado. En definitiva, se trata de lograr una smart society, en que todas las personas del mundo puedan acceder al máximo progreso personal y social posible.
Como se advierte, hasta este momento el concepto de Smart city no ha tenido ningún carácter jurídico vinculante.
3.- Objetivos de desarrollo sostenible (ODS) y agenda urbana.
El carácter vinculante de los principios inspiradores de la Smart city no llega hasta el año 2015: en efecto, el 12 de diciembre de 2015, en el marco de la XXI Conferencia Internacional sobre Cambio Climático (COP21), de Naciones Unidas, 196 países aprobaron el Acuerdo de París, que entró en vigor el día 4 de noviembre de 2016.
Este Acuerdo de París, que tiene la consideración de tratado internacional jurídicamente vinculante, aprobó la Agenda 2030 sobre desarrollo sostenible. La Agenda 2030 incluye 17 Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS): un conjunto de objetivos globales para erradicar la pobreza, proteger el planeta y asegurar la prosperidad para todos. Cada objetivo tiene metas específicas que deben alcanzarse en los próximos 15 años.
De entre estos ODS, el número 11 persigue ciudades más sostenibles, inclusivas, seguras y resilientes.
Este, pues, podría considerarse como la primera norma jurídica que obliga a los estados, las administraciones, las empresas, la ciudadanía, a caminar hacia los principios de la Smart city.
El desarrollo de este ODS número 11 se vehiculó a través de la Tercera Conferencia de Naciones Unidas sobre Vivienda y Desarrollo Urbano Sostenible —Hábitat III— (Quito, 2016), que tuvo como principal objetivo identificar los nuevos desafíos y fortalecer el compromiso político global, para alcanzar un desarrollo urbano sostenible, mediante la aprobación de una «Nueva Agenda Urbana», que define los parámetros de las ciudades del siglo XXI.
Se trata de un documento estratégico, de adhesión voluntaria, que presenta la urbanización como un instrumento poderoso para lograr el desarrollo sostenible, tanto en los países en desarrollo como en los países desarrollados.
A partir de ahí, los países han ido adoptando estos objetivos y estrategias en sus respectivas Agendas Urbanas.
Así, por ejemplo, la Agenda Urbana Española (tomada en consideración por el Consejo de Ministros de 22 de febrero de 2019) es un documento estratégico, sin carácter normativo, y por tanto de adhesión voluntaria que, de conformidad con los criterios establecidos por la Agenda 2030, la nueva Agenda Urbana de las Naciones Unidas (Quito 2016) y la Agenda Urbana para la Unión Europea (Amsterdam 2016) persigue el logro de la sostenibilidad en las políticas de desarrollo urbano. Constituye, además, un método de trabajo y un proceso para todos los actores, públicos y privados, que intervienen en las ciudades y que buscan un desarrollo equitativo, justo y sostenible desde sus distintos campos de actuación.
Tras un intenso trabajo de elaboración y un amplio proceso participativo que ha durado casi un año, esta estrategia de desarrollo urbano de carácter integrado ofrece un Decálogo de Objetivos Estratégicos que despliegan, a su vez, un total de 30 objetivos específicos, y 291 líneas de actuación, poniendo a disposición de quienes estén interesados en su implementación, un verdadero “menú a la carta” para que puedan elaborar sus propios Planes de acción. Todo ello desde una amplia visión que incluye a todos los pueblos y ciudades con independencia de su tamaño y población, y bajo el triple prisma de la sostenibilidad económica, social y medio ambiental.
De ahí, pues, van a colgar los planes que quieran desarrollar cada una de las Comunidades autónomas, cada una de las ciudades y pueblos del país, etc.
Cabe decir no obstante que, para la consecución de los ODS aprobados por Naciones Unidas en 2015, junto a estas Agendas urbanas sin carácter normativo, los diferentes estados deberán aprobar leyes y reglamentos vinculantes para personas, empresas y Administraciones públicas, como por ejemplo en España la Ley 7/2021, de 20 de mayo, de cambio climático y transición energética, que sí establece derechos y obligaciones de obligado cumplimiento.
Por consiguiente, podemos concluir que la forma de cumplir e implementar las obligaciones que marcan las leyes (como por ejemplo la 7/21 citada), será a través de las estrategias que recojan las Agendas urbanas. Otra cosa es saber quién va a asumir los costes elevadísimos que todo ello supone.
4.- Fondos next generation.
En este contexto de buenos propósitos, llegó la pandemia en 2020, lo que tuvo un gran impacto económico y social en todo el mundo.
Fue en ese momento que los líderes europeos decidieron crear unos fondos económicos muy importantes (750.000 millones de euros), a través de los cuales, aprovechando la necesidad de apoyar a familias, empresas y administraciones para paliar las consecuencias de la pandemia, se fomentaría la consecución de los ODS aprobados por la cumbre de París: apostar fuerte por una sociedad más digitalizada, más sostenible y más cohesionada.
Para distribuir estos fondos, cada Estado Miembro ha remitido a la UE su plan de recuperación y resiliencia, explicando sus propuestas para lograr un crecimiento sostenible entorno a siete iniciativas emblemáticas (energías renovables, transporte sostenible, digitalización, formación, etc). Una vez aprobados estos Planes por la UE (el de España fue aprobado en junio de 2021), se empiezan a desplegar los mecanismos para movilizar los recursos económicos hacia las estrategias propuestas por cada estado y aprobadas por la UE: básicamente subvenciones, convenios de colaboración y contratos del sector público.
En otros artículos se analizará con más detalle cuales son estos mecanismos para hacer llegar los fondos Next Generation a las empresas y las Administraciones. De momento, quedémonos con la visión general de cuál es la relación que existe entre el concepto teórico de Smart city, su encaje en la visión global del progreso social, la asunción con carácter vinculante de todo ello por parte de Naciones Unidas y cuándo y cómo la UE ha apostado fuerte para que todo ello sea una realidad en los próximos años.
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