
Trámites necesarios para abrir un negocio en Barcelona: Comunicación Previa
- marzo 4, 2018
- cuchaguilera
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Antes de presentar una comunicación previa para abrir un negocio en Barcelona, es aconsejable asegurarse de que la actividad que se pretende ejercer cumple con la normativa vigente y que el permiso que se solicita es el adecuado al tipo de actividad y a la concreta localización deseada, puesto que en caso contrario, el Ayuntamiento podría clausurar la actividad e imponer sanciones económicas.
Los trámites para iniciar una actividad económica en Barcelona de incidencia ambiental reducida (panadería, bar, tienda de ropa, peluquería, etc.) pueden parecer sencillos, pues en principio basta con realizar una comunicación previa al Ayuntamiento. Sin embargo, dado que no hay un control exhaustivo previo del cumplimiento de todos los requisitos para iniciar una actividad, con frecuencia se producen inspecciones posteriores que pueden culminar con la imposición de sanciones, el deber de tramitar un expediente de legalización o incluso con la clausura de la actividad.
Para evitar estos problemas, en el presente artículo analizaremos los distintos pasos a seguir para poder completar con éxito los trámites para abrir un negocio en Barcelona:
Consulta Previa:
El primer trámite a realizar es consultar si la actividad a desarrollar se ajusta a la normativa vigente y qué tipo de permisos requiere. Este trámite puede efectuarse a través del aplicativo informático del Ayuntamiento de Barcelona, aunque es aconsejable analizar directamente la Ordenanza municipal de Actividades y de intervención integral de la administración ambiental de Barcelona (OMAIIAA). Dicha ordenanza que prevé diferentes mecanismos de intervención administrativa en función del grado de incidencia ambiental de la actividad a desarrollar:
- Autorización municipal de actividades (anexo I).
- Licencia municipal de actividades (anexo II.1, II.2 y III.1).
- Comunicado de actividad con proyecto técnico (anexo III.2).
- Comunicado de actividad sin proyecto técnico (anexo III.3).
Por tanto, deberemos ubicar la actividad a desarrollar en alguno de los anexos citados para determinar qué tipo de permiso necesitará. Por regla general, contra menor incidencia ambiental tenga la actividad, menos requisitos se exigirán.
A modo de ejemplo, una gasolinera estaría en el anexo II.2 (licencia) un hotel o una pastelería estarían en el anexo III.2 (comunicado con proyecto) y una peluquería en el anexo III.3 (comunicado sin proyecto).
Análisis del Plan de Usos:
En segundo lugar, se deberá analizar si la actividad que se desea iniciar se encuentra afectada por algún plan de usos del distrito donde se quiere ubicar, en cuyo caso se requerirá solicitud de informe urbanístico que garantice la compatibilidad de la actividad con dicho plan. Por ejemplo, si se desea iniciar una actividad de panadería con degustación en el Distrito de Gràcia, deberá solicitarse un informe urbanístico previo debido a la existente restricción del número de licencias para esta tipología de negocio (restricción que quizás no esté en otros distritos).
Previo permiso de obras:
Si para iniciar el negocio es necesario acometer obras en el local donde se pretende ejercer la actividad, hará falta que, con anterioridad a la presentación de la comunicación previa al inicio de la actividad, se solicite licencia de obras, se presente comunicado de obras (diferido o inmediato) o se tramite un “assabentat” o enterado, en función del mayor o menor alcance de las obras a realizar.
Comunicación previa de actividad:
Para el caso de actividades con incidencia ambiental menor, lo normal será efectuar una comunicación previa de actividad ante cualquier oficina de atención ciudadana presentando la solicitud pertinente junto a la documentación gráfica mínima requerida (plano de emplazamiento, de planta y de sección etc.).
En función del tipo de actividad, si ésta se encuadra en el anexo III.2 de la OMAIIAA (ej. Bar con restauración menor), se requerirá un proyecto técnico validado por una Entidad de Control Ambiental (ECA), mientras que si la actividad se clasifica como anexo III.3 (ej. peluquería), no se precisará proyecto de ningún tipo, más allá de la documentación gráfica mínima requerida.
Inicio de la actividad:
Una vez se haya presentado la comunicación previa, con carácter general, el ejercicio de la actividad o la utilización de las instalaciones podrá iniciarse al día siguiente de la presentación de la documentación completa junto con el pago de la tasa correspondiente. Sin embargo, hay que saber que siempre existe el riesgo de que el Ayuntamiento, en el ejercicio de sus funciones, pueda iniciar inspecciones posteriores para verificar la adecuación de la actividad a la legalidad, hasta el punto de que si la actividad no se adecúa a la normativa urbanística o ambiental, puede ordenarse el cierre de la actividad incluso una vez ya iniciada.
Por tanto, antes de aventurarse a presentar directamente un comunicación previa de actividad y efectuar la inversión necesaria para el inicio de la actividad, es aconsejable consultar con profesionales experimentados que puedan asesorarle acerca de si la actividad que pretende ejercer cumple con la normativa vigente o, en su caso, qué alternativas existen para implantar y desarrollar el negocio deseado en Barcelona sin correr riesgos.
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Muy buen artículo con los pasos a seguir para abrir un negocio!
Una consulta: ¿Dónde pueden consultarse los Planes de usos de Distrito, exactamente los del L’Eixample?
Gracias!
Hola, estamos buscando una empresa de ingenieria en Barcelona para que nos ayude con la licencia de apertura de nuestro local. Realmente es muy complicado hacer todos estos trámites por cuenta propia sin delegar en un profesional. Hemos mirado con esta empresa https://licenciaactividadbarcelona.com/ pero vamos a pedir algún presupuesto más por si acaso.
Antes que nada, gracias por su comentario. En cuanto a la problemática que nos indica, dada nuestra actividad profesional estamos en contacto con despachos profesionales de ingeniería, arquitectura, etc, que pueden ayudarle a tramitar la licencia de apertura de su local.
Quedamos a su disposición por si desea que le indiquemos alguna referencia para llevar a cabo su proyecto.
Hola. Si yo quiero abrir un negocio sobre bebida alcohólicas al por mayor. ¿Los pasos a seguir son los mismos?
Muchas gracias por la información.
Antes que nada, gracias por su consulta.
Referente a si los pasos para la apertura de un negocio sobre bebida alcohólicas al por mayor son los mismos que hemos recogido en nuestro articulo, la respuesta es que sí: hay que mirar la compatibilidad urbanística, hay que ver qué régimen de autorización precisa, etc.
Lo que debe hacer usted es solicitar el asesoramiento de una ingeniería para que le diga los requisitos técnicos y el trámite exacto que necesita llevar a cabo para su concreto negocio, en la concreta localización que usted tenga pensada.
Gracias de antemano, mucha suerte en su proyecto y quedamos a su disposición para cualquier otra consulta que pueda tener.