
La nueva Ley de Costas.
- abril 15, 2013
- cuchaguilera
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1.- TRAMITACIÓN PARLAMENTARIA
El Consejo de Ministrosaprobó el 5 de octubre de 2012, a propuesta del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente (MAGRAMA), el Proyecto de Ley de Protección y Uso Sostenible del Litoral y de modificación de la Ley de Costas de 1988.
En fecha 13 de diciembre de 2012, dicho proyecto de Ley fue aprobado por el Congreso de los Diputados.
2.- SITUACIÓN ACTUAL
En la actualidad, según datos del MAGRAMA, hay unas 10.000 viviendas en Dominio público marítimo terrestre, la mayoría con un derecho anterior a la Ley de Costas de 1988. De ellas, en 2018 expiran unas 1.100 concesiones de viviendas, lo que obligaría a su demolición.
3.-PRINCIPALES NOVEDADES
Según el MAGRAMA, las principales novedades de la Ley, que se pueden agrupar entorno a tres objetivos son las siguientes:
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- Se define mejor el alcance del dominio público marítimo-terrestre (DPMT) y se aplican criterios estrictamente técnicos para deslindar la costa.
- Se garantiza la información a los ciudadanos sobre sus propiedades y otros derechos; para ello, los bienes de DPMT se deben inscribir en el Registro de la Propiedad, y todos los ciudadanos podrán acceder vía Internet a los deslindes.
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- Se introduce un régimen diferenciado para los tramos urbanos de las playas y para los tramos naturales (junto a espacios protegidos o suelo rural). Para éstas últimas, se impondrá un nivel de protección mayor al vigente en la actualidad.
- La Administración General del Estado tendrá la facultad de suspender en vía administrativa los actos y acuerdos adoptados por las entidades locales que afecten a la integridad del dominio público marítimo-terrestre, o que supongan una infracción de las prohibiciones establecidas en la zona de servidumbre de protección, impugnando dichos acuerdos ante los tribunales; con ello se podrá evitar que se reproduzcan casos de construcciones ilegales.
- Se impiden nuevas edificaciones en el DPMT y se prohíbe que las necesarias obras de mejora en los edificios existentes supongan cualquier aumento de volumen, altura o superficie.
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- Se amplían los plazos máximos de las concesiones hasta 75 años, como hacen otras leyes como la Ley de Aguas, siempre que se trate de actividades respetuosas con el DPMT. Con ello, se proporciona a dichas actividades un horizonte amplio de actividad e inversión, a la vez que se fomenta una mayor corresponsabilización de los concesionarios hacia la conservación del DPMT.
- Ante la perspectiva del vencimiento de las concesiones vigentes a partir de 2018, se establece la posibilidad de una prórroga extraordinaria de las otorgadas antes de la entrada en vigor de la ley de reforma por un plazo máximo de 75 años.
- No obstante, en aquellos casos en los que las concesiones amparen ocupaciones para usos destinados a la industria extractiva, energética, química, petroquímica, textil y papelera, será necesario un informe ambiental específico para otorgar la prórroga.
4.- CONSECUENCIAS PRÁCTICAS
5.- REACCIONES AL PROYECTO DE LEY
Según el MAGRAMA, la Comisión Europea ha valorado positivamente el nuevo texto porque considera que dará seguridad jurídica a los europeos con propiedades inmobiliarias en el litoral español.
6.- CONSIDERACIONES JURÍDICAS
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